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Delitos sexuales: acoso cibernético sexual

TRABAJO DURO PARA PROTEGER SUS DERECHOS.

Defensa eficaz de un ex fiscal con calificación AV Preeminent* y más de 25 años de experiencia

Delitos sexuales: acoso cibernético sexual

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Los ordenadores han cambiado muchas cosas de nuestra vida cotidiana y también han tenido un gran impacto en la delincuencia. Con el tiempo, la cantidad de delitos ha aumentado a medida que las personas han utilizado la tecnología informática para organizar mejor todos los aspectos de sus vidas, desde las finanzas y las citas hasta el trabajo y la automatización de procesos. Esto ha creado una variedad de áreas grises y ha dado lugar a leyes poco claras que intentan regular los tipos de información que se pueden publicar en línea o compartir.

Un aspecto de la cultura en línea que está cambiando tanto las citas como el panorama legal es el intercambio de desnudos o fotografías personales explícitas. Gracias al fácil acceso a cámaras excepcionales que llevamos en el bolsillo, podemos compartir instantáneamente fotos, incluso de desnudos o contenido sexual explícito, con nuestros seres queridos. Al mismo tiempo, la tecnología digital ha hecho que sea más fácil que nunca distribuir este tipo de fotos o difundirlas online. Esto ha llevado a un aumento de lo que Florida ha llamado acoso cibernético sexual.

¿QUÉ ES EL CIBERACOSO SEXUAL EN FLORIDA?

El ciberacoso sexual se conoce más comúnmente como pornografía de venganza. En su forma más básica, es el acto de acosar sexualmente a alguien publicando en línea fotos de otra persona desnuda o sexualmente explícitas sin su consentimiento. La razón por la que se conoce como porno venganza es que este delito se asocia a amantes despechados con acceso a las fotos de su ex pareja desnuda.

La idea es que después de una ruptura, el amante rechazado, que ha mantenido el acceso a fotos sexualmente explícitas compartidas anteriormente, publique las fotos en línea en un intento por avergonzar o acosar a su pareja anterior. Estas fotos son difíciles de eliminar de Internet y pueden tener una variedad de consecuencias para la persona representada, tanto a nivel profesional como personal.

Estatuto de Florida 784.049 Establece que:

“Ciberacoso sexual” significa publicar en un sitio web de Internet o difundir a través de medios electrónicos a otra persona una imagen sexualmente explícita de una persona que contenga o transmita la información de identificación personal de la persona representada sin su consentimiento, en contra de la expectativa razonable de la persona representada de que la imagen permanecería privada, sin ningún propósito legítimo, con la intención de causar una angustia emocional sustancial a la persona representada. La evidencia de que la persona representada envió una imagen sexualmente explícita a otra persona no elimina, por sí sola, su expectativa razonable de privacidad para esa imagen.

Este estatuto se promulgó en un intento de proteger a las personas que voluntariamente comparten fotografías explícitas con sus parejas, pero también puede tener un impacto en la expresión artística. Establece específicamente que el hecho de que la persona que aparece en la foto (la persona retratada) comparta una foto no significa que esté renunciando a su derecho a la intimidad, y también deja claro que la difusión en línea sólo es ilegal si:

  • Incluye información personal con consentimiento,
  • No tiene un propósito legítimo y
  • Provoca una angustia considerable.

CASTIGO POR CIBERACOSO SEXUAL EN FLORIDA

Si lo acusan de acoso cibernético sexual por primera vez (un delito menor), un veredicto de culpabilidad puede llevar a una sentencia de 1 año de cárcel, un año de libertad condicional y una multa de $ 1,000.

Si ya ha sido condenado por ciberacoso sexual y se enfrenta a un segundo cargo, el castigo potencial es más severo. Segunda ofensa El acoso cibernético sexual es un delito grave de tercer grado y se castiga con hasta cinco años de prisión, cinco años de libertad condicional, una multa de hasta $ 5,000 y 60 días sin vehículo.

DEFENSA CONTRA UNA ACUSACIÓN DE CIBERACOSO SEXUAL EN FLORIDA

Una defensa eficaz de un cargo de acoso cibernético sexual requiere mirar la letra de la ley. No es suficiente contar una historia, su abogado de delitos sexuales de Tampa debe ilustrar que sus acciones no equivalen a ciberacoso sexual y que la fiscalía no tiene un caso.

Una forma de impugnar un cargo de acoso cibernético sexual es demostrar que la persona representada dio su consentimiento para que su imagen se publicara en línea. Porque el Estatuto de Florida 784.049 tiene como premisa la idea de que un individuo publique una imagen sexualmente explícita de otro sin su consentimiento, lo que demuestra que el individuo representado efectivamente consintió en que su foto se compartiera o difundiera puede ayudar a crear dudas razonables o incluso llevar a que se retiren los cargos.

Anonimato

Uno de los componentes del Estatuto de Florida 784.049 es que la imagen publicada debe contener información que identifique al individuo en la foto o video. Puede ser un nombre, un apodo en línea u otro identificador. Se puede argumentar que el ciberacoso sexual no ocurrió porque el cartel no identificó a la persona en la foto o el video.

Sin derecho a la privacidad

Si un individuo envía una foto explícita a una persona, de acuerdo con la ley, todavía tiene una expectativa razonable de privacidad. Sin embargo, ¿qué pasa si envían esa fotografía a muchas personas o la publican en línea ellos mismos? Dependiendo de la situación, un abogado calificado puede demostrar que la persona representada no tenía expectativas razonables de privacidad porque ellos mismos inicialmente difundieron la fotografía en cuestión con demasiadas personas.

Falta de angustia

Si la imagen publicada no tenía la intención de causar, o no causa, una angustia emocional grave, se puede argumentar que no se cumplió el listón del acoso cibernético sexual.

Además, tu Abogado de delitos sexuales en Tampa puede argumentar que no publicó la fotografía a sabiendas, o que publicó la fotografía con un propósito legítimo, como un portafolio de arte.

En última instancia, los fiscales se basarán en una confesión para este tipo de delito, a menos que haya un testigo que haya visto al acusado publicar la fotografía. De lo contrario, su evidencia es circunstancial. Si está acusado de acoso cibernético sexual, mantenga su derecho al silencio y contratar a Mike G Law .

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Si usted ha sido acusado de ciberacoso sexual, póngase en contacto con Mike G Law. Con la aplicación de la ley tomando medidas enérgicas contra los delitos sexuales, demasiadas personas inocentes están atrapadas en su red. No seas uno de ellos.

Asegúrese de que sus derechos estén protegidos por un abogado que luchará por usted.

Como un ex fiscal de delitos sexuales , Mike G Law entiende el otro lado. Es una ventaja que utiliza en favor de sus clientes. Llame hoy para concertar una cita.

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Las decisiones que tome después de haber sido detenido pueden determinar el resultado de su caso – y posiblemente su vida. Llame a Mike G Law al 813-221-4303, o póngase en contacto conmigo en línea.

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William W.